Censura y formalización del discurso underground cubano: rap
3 de agosto de 2015
Como todo discurso, las lenguas especiales que los especialistas producen y reproducen mediante una alteración sistemática de la lengua común, son a su vez producto de un compromiso entre un interés expresivo y una censura constituida por la estructura misma del campo en el que ese discurso se construye y circula.
El discurso underground, específicamente el del hip hop, desde siempre ha sido el más censurado en Cuba. Conseguido según la competencia específica de cada productor, ésta formación de compromiso, y cito a Freud, es el producto de estrategias de eufemización que consisten en dar forma y en introducir formas, cosas ambas que se producen inseparablemente. Dichas estrategias tienden a asegurar la satisfacción del interés expresivo o político, en los límites de la estructura de las posibilidades de beneficio material o simbólico que las diferentes formas de discurso pueden procurar a los diferentes productores en función de la posición que ocupan. O sea, en función del lugar que ocupan en la estructura de la distribución del capital especifico que está en juego.
La alegoría de la censura no debe incitar a engaño: es la propia estructura del campo en cuestión la que rige la expresión verbal, rigiendo a la vez, el acceso a la expresión y a la forma de expresión, y no ninguna instancia jurídica (instituciones estatales) especialmente preparada para designar y reprimir la transgresión de una especie de código lingüístico.
Esta censura estructural se ejerce a través de las sanciones de dicho ejercicio funcionando como una empresa donde se constituyen los precios de las diferentes modalidades de expresión. Así se impone a cualquier productor de bienes simbólicos, incluido el portavoz autorizado cuya palabra de autoridad, más que ninguna otra, está sometida a las normas del decoro oficial, y condena a los ocupantes de las posiciones dominadas (los raperos) a la alternativa del silencio o del hablar llano escandaloso.
Cuanto más capaces sean los mecanismos encargados (mecanismos que se borran por el éxito mismo de sus efectos) de la distribución de los agentes entre las diferentes posiciones, de asegurar que tales posiciones estén ocupadas por agentes aptos e inclinados a mantener un discurso (o a guardar el silencio) compatible con la definición objetiva de la posición, menos necesidad tiene de manifestarse esa censura en forma de prohibiciones explicitas, impuestas y sancionadas por una autoridad institucionalizada.
La censura nunca es tan perfecta e invisible como cuando los agentes no dicen más que aquello que objetivamente están autorizados a decir. En estos casos, el agente ni siquiera tiene porque ser su propio censor, ya que a través de las formas de percepción y expresión que se imponen, o que imponen, su forma a todas sus expresiones, en alguna medida está ya censurado.
Entre las censuras más eficaces y disimuladas pueden incluirse todas aquellas que consisten en exceptuar a determinados agentes de la comunicación, excluyéndoles de los grupos que hablan o de los lugares donde se habla con autoridad.
Para comprender lo que puede y no puede decirse en un grupo underground, hay que tener en cuenta no solo las relaciones de fuerza simbólicas que se establecen en ese grupo y que impiden a ciertos individuos hablar (por ejemplo, a los raperos), o les obligan a conquistar por la fuerza su derecho a la palabra, sino también las leyes mismas de formación del grupo (por ejemplo, la lógica de la expulsión consciente a inconsciente) que funciona como una censura previa.
Así, las producciones simbólicas deben sus propiedades más específicas a las condiciones sociales de su producción y, más concretamente, a la posición del productor en el campo de producción que determina a la vez, por mediaciones diferentes, el interés expresivo, la forma y la fuerza de la censura que se le impone y la competencia que permite satisfacer ese interés en los límites de tales prohibiciones.
La relación dialéctica que se establece entre el interés expresivo y la censura impide distinguir en el modus operandi, la forma y el contenido, lo que se dice y la manera de decirlo, o incluso la manera de entenderlo.
La censura determina también la forma de recepción: producir un discurso underground en debida forma, adornarlo con el conjunto de los signos convenidos (sintaxis, léxico, referencias, etc.) en los que un discurso rapero, y por ende underground, se reconoce, y a través de los cuales se hace reconocer como tal, es producir un producto que exige ser recibido de acuerdo con las formas, es decir, de acuerdo con el respeto por las formas que ese producto se ha dado.
El rap underground cubano se desarrollaría mejor sin la excesiva censura que atraviesa desde que el género existe en la Isla.
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3 de agosto de 2015
Como todo discurso, las lenguas especiales que los especialistas producen y reproducen mediante una alteración sistemática de la lengua común, son a su vez producto de un compromiso entre un interés expresivo y una censura constituida por la estructura misma del campo en el que ese discurso se construye y circula.
El discurso underground, específicamente el del hip hop, desde siempre ha sido el más censurado en Cuba. Conseguido según la competencia específica de cada productor, ésta formación de compromiso, y cito a Freud, es el producto de estrategias de eufemización que consisten en dar forma y en introducir formas, cosas ambas que se producen inseparablemente. Dichas estrategias tienden a asegurar la satisfacción del interés expresivo o político, en los límites de la estructura de las posibilidades de beneficio material o simbólico que las diferentes formas de discurso pueden procurar a los diferentes productores en función de la posición que ocupan. O sea, en función del lugar que ocupan en la estructura de la distribución del capital especifico que está en juego.
La alegoría de la censura no debe incitar a engaño: es la propia estructura del campo en cuestión la que rige la expresión verbal, rigiendo a la vez, el acceso a la expresión y a la forma de expresión, y no ninguna instancia jurídica (instituciones estatales) especialmente preparada para designar y reprimir la transgresión de una especie de código lingüístico.
Esta censura estructural se ejerce a través de las sanciones de dicho ejercicio funcionando como una empresa donde se constituyen los precios de las diferentes modalidades de expresión. Así se impone a cualquier productor de bienes simbólicos, incluido el portavoz autorizado cuya palabra de autoridad, más que ninguna otra, está sometida a las normas del decoro oficial, y condena a los ocupantes de las posiciones dominadas (los raperos) a la alternativa del silencio o del hablar llano escandaloso.
Cuanto más capaces sean los mecanismos encargados (mecanismos que se borran por el éxito mismo de sus efectos) de la distribución de los agentes entre las diferentes posiciones, de asegurar que tales posiciones estén ocupadas por agentes aptos e inclinados a mantener un discurso (o a guardar el silencio) compatible con la definición objetiva de la posición, menos necesidad tiene de manifestarse esa censura en forma de prohibiciones explicitas, impuestas y sancionadas por una autoridad institucionalizada.
La censura nunca es tan perfecta e invisible como cuando los agentes no dicen más que aquello que objetivamente están autorizados a decir. En estos casos, el agente ni siquiera tiene porque ser su propio censor, ya que a través de las formas de percepción y expresión que se imponen, o que imponen, su forma a todas sus expresiones, en alguna medida está ya censurado.
Entre las censuras más eficaces y disimuladas pueden incluirse todas aquellas que consisten en exceptuar a determinados agentes de la comunicación, excluyéndoles de los grupos que hablan o de los lugares donde se habla con autoridad.
Para comprender lo que puede y no puede decirse en un grupo underground, hay que tener en cuenta no solo las relaciones de fuerza simbólicas que se establecen en ese grupo y que impiden a ciertos individuos hablar (por ejemplo, a los raperos), o les obligan a conquistar por la fuerza su derecho a la palabra, sino también las leyes mismas de formación del grupo (por ejemplo, la lógica de la expulsión consciente a inconsciente) que funciona como una censura previa.
Así, las producciones simbólicas deben sus propiedades más específicas a las condiciones sociales de su producción y, más concretamente, a la posición del productor en el campo de producción que determina a la vez, por mediaciones diferentes, el interés expresivo, la forma y la fuerza de la censura que se le impone y la competencia que permite satisfacer ese interés en los límites de tales prohibiciones.
La relación dialéctica que se establece entre el interés expresivo y la censura impide distinguir en el modus operandi, la forma y el contenido, lo que se dice y la manera de decirlo, o incluso la manera de entenderlo.
La censura determina también la forma de recepción: producir un discurso underground en debida forma, adornarlo con el conjunto de los signos convenidos (sintaxis, léxico, referencias, etc.) en los que un discurso rapero, y por ende underground, se reconoce, y a través de los cuales se hace reconocer como tal, es producir un producto que exige ser recibido de acuerdo con las formas, es decir, de acuerdo con el respeto por las formas que ese producto se ha dado.
El rap underground cubano se desarrollaría mejor sin la excesiva censura que atraviesa desde que el género existe en la Isla.
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- yuariel
- 4 de agosto, 2015 11:16 am (GMT-5:00)
- Buena la idea, pero demasiado densa y cientÃfica la exposición, el lector se pierde en tanta palabrerÃa cientÃfica,para al final dejar abierta una idea que es una verdad absoluta. ¿Dónde está el análisis de las causas y consecuencias de la censura? Es obvio que todo lo que sufre limitaciones no se desarrolla con toda su fuerza. Gracias
- 4 de agosto, 2015 11:16 am (GMT-5:00)